Software para la prevención de delitos

SOFTWARE CONPLIANCE . RESPONSABILIDAD PENAL EMPRESARIAL

INSTRUMENTOS SOFTWARE  EFICACES DE PREVENCIÓN DE DELITOS

La Circular 1/2016, de la Fiscalía General del Estado, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas tras la reforma del Código Penal plantea numerosos puntos de reflexión.

Uno de los retos para las empresas es conseguir una certeza razonable que los sistemas de prevención que tiene implementados son suficientemente rigurosos para que puedan llevar a la exención de la responsabilidad penal de las empresas.

Por lo menos tenemos cuatro puntos esenciales incluidos en la Circular de la Fiscalía General en este tema:

a) En el punto 9 de la circular se estima que el incumplimiento grave de los deberes de control, vigilancia y supervisión deberán determinarse en función de si se tienen establecidos y su grado de funcionamiento correcto de “los programas de organización y gestión”.

b) La promoción de la cultura ética. El examen empresarial de la implantación y seguimiento de una misión, visión y valores acordes a los principios y valores propios de las sociedades democráticas dará un imput correcto o incorrecto de la actuación global de la empresa. Es decir, si dentro de su devenir diario hay una actitud constante de disuadir la conducta criminal (punto 19.2º de la circular).

c) Se apreciará de forma positiva que la empresa haya obtenido las certificaciones de idoneidad “expedidas por empresas o asociaciones evaluadoras y certificadoras del cumplimiento de obligaciones” (punto19.3º). Ello hace referencia a la UNE-ISO 19600:2015 de sistemas de gestión de compliance.

d) La carga de la prueba. Las sociedades mercantiles deberán probar “que sus modelos de organización y gestión cumplían las condiciones y requisitos legales”. Por lo tanto la causa de exclusión de la punibilidad viene dada porque las personas jurídicas son capaces de acreditar que han hecho todo lo posible para evitar la comisión del delito (claúsula 20).

La solución que plantea e-compliance se ajusta con toda claridad  a las recomendaciones emanadas de la circular, dado que su sistema de prevención de delitos E-CAS contiene todos los extremos exigidos, incorporando: bases de datos jurídica, mapa de riesgos, trazabilidad de la aplicación del sistema de prevención. A lo que debería acompañarse una revisión de los valores empresariales en sintonía con la nueva regulación y a la elaboración de un Código Ético de autoregulación.