Compliance penal: ¿opción o necesidad empresarial?

compliance penalUn directivo de empresa puede entender que la implantación de un programa de prevención de delitos suponga un coste y, en determinadas ocasiones, un lastre para sus objetivos empresariales. En este sentido, dicha implantación implicaría una restricción al beneficio, ya que existen otras actuaciones que son rentables a pesar de que no se pueden llevar a cabo.

Tras la reciente reforma del Código Penal, la responsabilidad penal de la persona jurídica ha producido que la implantación de un programa de compliance penal en las empresas se convierta más que en una opción, en una necesidad.

Dentro del sector empresarial, el compliance o cumplimiento normativo penal comienza a entenderse como una necesidad en el control interno corporativo. Aspectos esenciales como la disciplina empresarial, recompensas y sanciones, planificaciones o  monitorizaciones, se comprenden como un aspecto positivo en cuanto a la profesionalidad y responsabilidad corporativa (siempre que se realicen en base a un código ético).

Sin embargo, al activar el cumplimiento normativo penal en la empresa, existe la posibilidad de que  aparezca un elemento de suspicacia en su cumplimiento por parte de algún empleado. Por lo tanto, ¿estamos ante una necesidad de crear este imponderable o existe la posibilidad de obviarlo?

Es indudable que las empresas deben ser conscientes que trazar e implementar modelos de prevención les va a resultar, a partir de este momento, ampliamente rentable desde el punto de vista “reputacional”, ya que  repercutirán en  beneficio del empleado y de la propia empresa. Además, es importante resaltar que dichos modelos de prevención servirán como posible exoneración de responsabilidad penal de la empresa en el caso de existirla.

Por lo tanto, a nuestra pregunta de si la implantación de un programa de compliance es una opción o necesidad empresarial, rotundamente apostamos por esta última, ya que se trata de necesidades y no opciones para todas las organizaciones públicas y privadas.

César Campuzano
Socio de eCompliance